PREGUNTAS FRECUENTES
¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS?
El modelo 115 deberá ser presentado, con el ingreso del importe correspondiente, por los retenedores y obligados a ingresar a cuenta que satisfagan las rentas o rendimientos sometidos a retención o ingreso a cuenta procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos, salvo las rentas derivadas del subarrendamiento de inmuebles urbanos percibidas por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que tengan la consideración de rendimientos del capital mobiliario, en cuyo caso los sujetos obligados a retener o ingresar a cuenta deberán presentar el modelo específico aprobado al efecto.
¿CÓMO SE PRESENTA LA DECLARACIÓN?
La presentación telemática por Internet del modelo 115, cualquiera que sea la periodicidad del mismo y con independencia de que dicha forma de presentación sea obligatoria u opcional para el obligado tributario, deberá ajustarse a las condiciones y al procedimiento establecidos al efecto en la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria (BOE del 26).
PLAZO DE PRESENTACIÓN
La presentación e ingreso de este modelo se efectuará en los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero en relación con las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta efectuados por el primero, segundo, tercero y cuarto trimestre del año natural, respectivamente.
No obstante lo anterior, tratándose de obligados tributarios que tengan la consideración de grandes empresas, por concurrir las circunstancias a que se refiere el apartado 3.1.o del artículo 71 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 31), la presentación e ingreso de este modelo se efectuará en los veinte primeros días naturales de cada mes, en relación con las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta que correspondan por el mes inmediato anterior. Por excepción, la declaración e ingreso correspondiente al mes de julio se efectuará durante el mes de agosto y los veinte primeros días naturales del mes de septiembre inmediato posterior.
Los vencimientos de plazo que coincidan con un sábado o día inhábil se entenderán trasladados al primer día hábil inmediato siguiente.
HONORARIOS MI EMPRESA ONLINE.
Los honorarios de la confección y presentación del Modelo 115 es de 100,00 €.
Una vez finalizado el proceso de compra recibiremos su solicitud de Trámite de Modelo 115 y nuestro equipo contactara por email con usted enviándole un formulario con todos los datos necesarios
¿CUÁNDO Y DÓNDE RECIBIRÁ EL MODELO YA PRESENTADO?
Desde que nos facilite toda la información, el procesamiento, verificación, manejo y envió, el tiempo aproximado que se demora el trámite es de 10 a 15 días hábiles, como regla general.
En este plazo le enviaremos el Modelo 115, en formato pdf, al e-mail que nos indique al finalizar la compra.
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OFICIALIDAD Y VALIDEZ DEL TRÁMITE
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