miempresaonline.es

Modelo 220. Impuesto sobre Sociedades. Grupos. - miempresaonline.es

Modelo 220. Impuesto sobre Sociedades. Grupos.

Precio habitual
€150,00
Precio de oferta
€150,00
Precio unitario
por 

PREGUNTAS FRECUENTES

¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS?

Las entidades que forman grupo fiscal pueden tributar en el Impuesto de Sociedades, con carácter opcional, con arreglo al régimen especial (régimen de consolidación fiscal), el modelo 220 deberá ser utilizado por aquellos grupos de sociedades que cumpliendo la definición de grupo fiscal recogida en el artículo 67 del TRLSA, opten por aplicar este régimen de tributación. Y los grupos de sociedades cooperativas a que hace referencia el Real Decreto 1345/1992.

Esto no significa que las sociedades que integran el grupo no sean también sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades, sino que gozan de una exención técnica que les libera del pago de la deuda tributaria y posibilita que sea sólo el grupo el que tribute en régimen consolidado.

Las sociedades integrantes del grupo presentarán, a su vez, las declaraciones en régimen de tributación individual, modelo 200 según proceda, ante las Administraciones tributarias, estatal o foral, de acuerdo con sus normas de procedimiento.

FORMA DE PRESENTACIÓN

La  presentación telemática de la declaración  del  Impuesto  sobre  Sociedades - Régimen de consolidación fiscal, modelo 220, tendrá carácter obligatorio en todo caso.

La presentación de la declaración del Impuesto de Sociedades es obligatoria con independencia de que se hayan desarrollado o no actividades durante el período impositivo y de que se hayan obtenido o no rentas sujetas al impuesto.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

A diferencia de lo que sucede en otras figuras tributarias, la declaración del Impuesto sobre Sociedades no tiene un plazo de presentación único para todos los contribuyentes, sino que cada contribuyente tiene su propio plazo, en función de la fecha en que concluya su período impositivo.

La presentación de la declaración deberá efectuarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Por consiguiente, como regla general, cuando se trate de contribuyentes cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo de presentación de declaraciones queda fijado en los veinticinco primeros días naturales del mes de julio.

Las autoliquidaciones modelo 220 a ingresar cuyo pago se pretende efectuar mediante domiciliación bancaria en una entidad de depósito colaboradora en la gestión recaudatoria de la Agencia Tributaria.

En el caso de grupos fiscales cuyo período impositivo haya finalizado el 31 de diciembre, las entidades dominantes o cabeceras de grupo podrán utilizar la domiciliación bancaria. Pudiéndose realizarse desde el 1 de julio hasta el 20 de julio del año siguiente, ambos inclusive. En todo caso, la orden de domiciliación deberá referirse al importe total que resulte a ingresar de la autoliquidación cuya presentación electrónica se está efectuando.

Podrá  solicitarse electrónicamente  compensación, aplazamiento o fraccionamiento  del  importe  no  ingresado,  en  el  mismo momento de la presentación del modelo, o en un momento posterior, a través del procedimiento habilitado al efecto. En ningún caso podrán simultanearse las opciones de aplazamiento o fraccionamiento y la de simple reconocimiento de deuda.

HONORARIOS MI EMPRESA ONLINE.

Los honorarios de la confección y presentación del Modelo 220 es de 100,00 € mas 50,00 € por sociedad perteneciente al grupo.

Una vez finalizado el proceso de compra recibiremos su solicitud de Trámite de Modelo 220 y nuestro equipo contactará por email con usted enviándole un formulario con todos los datos necesarios

¿CUÁNDO Y DÓNDE RECIBIRÁ EL MODELO YA PRESENTADO?

Desde que nos facilite toda la información, el procesamiento, verificación, manejo y envió, el tiempo aproximado que se demora el trámite es de 10 a 15  días hábiles, como regla general. Puede contratar el servicio urgente por 50,00 €, plazo de entrega de este servicio es de 3 a 5 días hábiles.

En este plazo le enviaremos el Modelo 220, en formato pdf, al e-mail que nos indique al finalizar la compra.

Si ha transcurrido ese tiempo y usted no la ha recibido, por favor, revise su carpeta de correo no deseado o spam  o, bien,  póngase en contacto con nosotros para verificar en qué estado se encuentra su pedido.

OFICIALIDAD Y VALIDEZ DEL TRÁMITE

Le enviaremos la declaración validada con el correspondiente código electrónico, en formato pdf, al e-mail que nos indique al finalizar la compra.