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Demanda Oposición Juicio Ordinario Reclamación de Deudas

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PREGUNTAS FRECUENTES

CARACTERÍSTICAS Y NATURALEZA DEMANDA OPOSICIÓN JUICIO ORDINARIO RECLAMACIÓN DE DEUDAS

La contestación a la demanda en el juicio ordinario es un acto procesal que se realiza por el demandado mediante el cual responde a los hechos invocados por el demandante, admitiéndolos o negándolos.

En ella el demandado expondrá los fundamentos de su oposición a las pretensiones del actor, alegando las excepciones materiales que tuviera por conveniente. En el caso que considerase inadmisible la acumulación de acciones, lo manifestará así, expresando las razones de la inadmisibilidad. También podrá manifestar en la contestación su allanamiento a alguna o algunas de las pretensiones del actor, así como a parte de la única pretensión aducida.

Asimismo habrá de aducir el demandado, en la contestación a la demanda, las excepciones procesales y demás alegaciones que pongan de relieve cuanto obste a la válida prosecución y término del proceso mediante sentencia sobre el fondo.

A todo ello se refiere el art. 405 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC)

OPOSICIÓN A LA CUANTÍA DE LA DEMANDA

En el caso en el que el demandado estime que la demanda está deficientemente cuantificada conforme a los diferentes criterios de cuantificación que se indican en los arts. 251 y 252, LEC, debe manifestarlo en la contestación, dadas las importantes consecuencias que ello puede tener en aspectos tan importantes como el tipo de proceso, el acceso a la casación, importe de la tasa judicial o la tasación de costas. Sobre la misma se resuelve en la audiencia previa en la forma que fija el art. 422, LEC.

PLAZO DE CONTESTACIÓN A LA DEMANDA

Una vez emplazados, los demandados tienen un margen para contestar la demanda de veinte días. Este plazo se cuenta de manera individual para cada uno de ellos al haber desaparecido la mención "al ser el plazo para contestar común a todos los demandados en el caso de ser varios" del art. 404 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Los plazos comienzan a correr desde el día siguiente a aquél en el que se hubiere efectuado el acto de comunicación del que la ley haga depender el inicio del plazo, con lo que cada codemandado, de ser varios, debe contestar en este plazo independientemente del cómputo del mismo para los otros codemandados.

Ello no obstaculiza el que varios codemandados deseen contestar a la demanda en forma conjunta, si bien ello solamente será posible si cuando se presenta la contestación, todos ellos se encuentran dentro del plazo de veinte días.

COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN

El artículo 545 LEC determina que conocerá del procedimiento de ejecución el Juzgado que conociera en su momento del asunto en Primera Instancia.

LEGISLACIÓN APLICABLE

Ley Enjuiciamiento Civil (LEC).

PROCESO DEL SERVICIO

  1. Firma de Cláusula de Confidencialidad
  2. Solicitud de información
  3. Elaboración del borrador de la demanda. De 2 - 5 días hábiles, desde que nos facilite toda la información.
  4. Validación del borrador de la demanda. Envío del borrador al cliente, al email facilitado en el proceso de compra. La validación del borrador por parte del cliente tiene como objetivo la corrección de errores materiales y/o aritméticos, en ningún caso conlleva la modificación de su estructura y/o contenido. Nuestro Letrado contactará con usted vía telefónica.
  5. Incorporación de correcciones. De 24 a 48 horas hábiles, desde que el cliente  valide el borrador de  la demanda. Si las correcciones obedecen a la rectificación o incorporación de nuevos datos y/o información de la inicialmente suministrada se facturará un incremento en los honorarios del 50%.
  6. Envío de la Demanda al Cliente. Nuestro Letrado contactara con usted vía telefónica.
  7. Presentación de la Demanda Juzgado Primera Instancia. Desde que nos facilite toda la información, el procesamiento, verificación, manejo y envió, el tiempo aproximado que se demora el trámite es de 10 - 15 días hábiles.

HONORARIOS PROFESIONALES MI EMPRESA ONLINE

Nuestros honorarios incluyen contestación a la Demanda, 60 minutos y Audiencia Previa, en los que el Letrado le aclarará las cuestiones recogidas en Demanda. No incluye desplazamiento. No incluye honorarios Procurador. No incluye Tasas Judiciales. Incremento en los honorarios del 25% si fuese necesario incluir con la Demanda prueba y pericial. No incluye honorarios del Perito.

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Una vez finalizado el proceso de compra recibiremos su solicitud, nuestro equipo contactará por email con usted enviándole un formulario con todos los datos necesarios.

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OFICIALIDAD Y VALIDEZ DEL SERVICIO

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