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Recurso Extraordinario de Revisión - miempresaonline.es

Recurso Extraordinario de Revisión

Precio habitual
€1.500,00
Precio de oferta
€1.500,00
Precio unitario
por 

PREGUNTAS FRECUENTES

NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS GENERALES RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN (AEAT)

Su base legal se encuentra en el art. 244 Ley General Tributaria de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre.

El recurso extraordinario de revisión podrá interponerse por los interesados contra los actos firmes de la Administración tributaria y contra las resoluciones firmes de los órganos económico-administrativos cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Que aparezcan documentos de valor esencial para la decisión del asunto que fueran posteriores al acto o resolución recurridos o de imposible aportación al tiempo de dictarse los mismos y que evidencien el error cometido.
  2. Que al dictar el acto o la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme anterior o posterior a aquella resolución.
  3. Que el acto o la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.

El recurso se interpondrá en el plazo de TRES MESES a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que quedó firme la sentencia judicial.

PROCESO DEL SERVICIO

  1. Firma de Cláusula de Confidencialidad
  2. Solicitud de información
  3. Elaboración del borrador.
  4. Validación del borrador. Envío del borrador al cliente, al email facilitado en el proceso de compra. La validación del borrador por parte del cliente tiene como objetivo la corrección de errores materiales y/o aritméticos, en ningún caso conlleva la modificación de su estructura y/o contenido. Nuestro Experto contactará con usted vía telefónica.
  5. Incorporación de correcciones. Si las correcciones obedecen a la rectificación o incorporación de nuevos datos y/o información de la inicialmente suministrada se facturará un incremento en los honorarios del 50%.
  6. Envío del Recurso al Cliente. Nuestro Experto contactara con usted vía telefónica.
  7. Presentación del Recurso Extraordinario de Revisión AEAT.

HONORARIOS PROFESIONALES

Este servicio puede ser contratado como tramitación general o por la vía de urgencia. Nuestros honorarios incluyen Recurso y 60 minutos, en los que el Experto le aclarará las cuestiones recogidas en el Recurso.

  • Honorarios tramitación general (no incluido desplazamiento)

Hasta 15.000,00 €

1.500,00 €

De 15.000,01 € a 30.000,00 €

2.500,00 €

De 30.000,01 € a 50.000,00 €

4.000,00 €

De 50.000,01 € a 100.0000,00 €

7.000,00 €

De 100.000,01 € a 300.000,00 €

16.000,00 €

De 300.000,01 € a 500.000,00 €

24.000,00 €

  • Honorarios por vía de urgencia (no incluido desplazamiento)

Hasta 15.000,00 €

2.250,00 €

De 15.000,01 € a 30.000,00 €

3.750,00 €

De 30.000,01 € a 50.000,00 €

6.000,00 €

De 50.000,01 € a 100.0000,00 €

9.000,00 €

De 100.000,01 € a 300.000,00 €

24.000,00 €

De 300.000,01 € a 500.000,00 €

36.000,00 €

Una vez finalizado el proceso de compra recibiremos su solicitud de Recurso Extraordinario de Revisión AEAT y nuestro equipo contactara por email con usted enviándole un formulario con todos los datos necesarios.

PRESENTACIÓN MI EMPRESA ONLINE

Tramitación electrónica. La presentación por vía electrónica, necesitaremos actuar como apoderados de todos y cada uno de los sujetos pasivos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 79 a 81, ambos inclusive, del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio y de la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación electrónica de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.

¿CUANDO Y DONDE RECIBIRÁ EL RECURSO YA PRESENTADO?

Si opta por la contratación del servicio tramitación general, desde que nos facilite toda la información, el procesamiento, verificación, manejo y envió, el tiempo aproximado que se demora el trámite es de 20 días hábiles.

Si opta por la contratación del servicio vía urgente, desde que nos facilite toda la información, el procesamiento, verificación, manejo y envió, el tiempo aproximado que se demora el trámite es de 10 días hábiles.

Si ha transcurrido ese tiempo y usted no la ha recibido, por favor, revise su carpeta de correo no deseado o spam  o, bien,  póngase en contacto con nosotros para verificar en qué estado se encuentra su pedido.

OFICIALIDAD Y VALIDEZ DEL SERVICIO

Le enviaremos la presentación del recurso validada con el correspondiente código electrónico, en formato pdf, al e-mail que nos indique al finalizar la compra.